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viernes, 9 de febrero de 2018

Convocatoria de Ayudas al teatro y al circo y a la música, la lírica y la danza para 2018

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte convoca las Ayudas al teatro y al circo y a la música, la lírica y la danza para 2018

Ayudas al teatro y al circo

Convocatoria 2018
Plazo de presentación: ABIERTO desde el 31 de enero de 2018 hasta el 20 de febrero de 2018

Información general
Descripción
Ayudas en régimen de concurrencia pública, destinadas a fomentar la promoción, protección y difusión en todo el territorio español del patrimonio cultural de teatro y circo, facilitando la comunicación cultural del patrimonio entre CC.AA.

Convocatoria
Fecha de publicación en el BOE: 30-01-2018

Información de la solicitud
Plazo de presentación
  • Desde el 31 de enero de 2018
  • Hasta el 20 de febrero de 2018
Plazo de presentación abierto
Instrucciones
Documentación
Modelo de declaración responsable. Este modelo de declaración responsable deberá ser cumplimentado, firmado y escaneado. El documento PDF resultante se adjuntará, a través de la Sede Electrónica, al resto de documentos requeridos en la solicitud, en el apartado "Documentación aportada / Otros documentos".
Presentación de la solicitud
Más información sobre la solicitud

Ayudas a la música, la lírica y la danza
Convocatoria 2018
Plazo de presentación: ABIERTO desde el 31 de enero de 2018 hasta el 20 de febrero de 2018

Información general
Descripción
Ayudas en régimen de concurrencia pública, destinadas a fomentar la promoción, protección y difusión en todo el territorio español del patrimonio cultural de la lírica, la música y la danza, facilitando la comunicación cultural del patrimonio entre CC.AA.

Convocatoria
Fecha de publicación en el BOE: 30-01-2018

Información de la solicitud
Plazo de presentación
  • Desde el 31 de enero de 2018
  • Hasta el 20 de febrero de 2018
Plazo de presentación abierto
Instrucciones
Documentación
Modelo de declaración responsable. Este modelo de declaración responsable deberá ser cumplimentado, firmado y escaneado. El documento PDF resultante se adjuntará, a través de la Sede Electrónica, al resto de documentos requeridos en la solicitud, en el apartado "Documentación aportada / Otros documentos".
Presentación de la solicitud
Más información sobre la solicitud
Contacto
Contactos Subdirección General de Música y Danza:

Sección de Danza: 917017081, mluisa.gomez@inaem.mecd.es
Sección de Música: 917017079, soledad.pardo@inaem.mecd.es 

jueves, 13 de julio de 2017

El INAEM y la Agencia Estatal del BOE publican el "Código de las Artes Escénicas y de la Música"

El INAEM y la Agencia Estatal del Boletín Oficial del Estado (BOE) han publicado el pasado martes 27 de junio el "Código de las Artes Escénicas y de la Música". 

Se trata de una exhaustiva recopilación actualizada de la normativa jurídica que afecta a este sector, recogiendo la legislación tanto estatal como autonómica que regula las artes escénicas, incluyendo la normativa en materia de espectáculos públicos, laboral o fiscal. Además, también incluye la regulación que afecta a la organización y funcionamiento del INAEM, así como de sus centros de creación artística, de documentación y formación.


La selección y ordenación de este "Código de las Artes Escénicas y de la Música" fue realizada por Adrián Pradier Sebastián Profesor de la Escuela Superior de Arte Dramático de Castilla y León y miembro integrante del Grupo de Investigación en Artes Escénicas (ARES) de la Universidad Internacional de la Rioja

El "Código de las Artes Escénicas y de la Música" está disponible para su descarga en formato electrónico en el siguiente enlace: Código de las Artes Escénicas y de la Música

Alertas de actualización en BOE a la Carta: BOE a la carta

martes, 25 de marzo de 2014

Ayudas a la difusión del teatro y del circo y a la comunicación teatral y circense correspondientes al año 2014


El Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, convoca las ayudas a la difusión del teatro y del circo y a la comunicación teatral y circense correspondientes al año 2014.

Podrán solicitar estas ayudas las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que cumplan los requisitos establecidos en esta resolución para cada modalidad de ayuda. Los solicitantes deberán tener establecimiento permanente en cualquiera de los Estados de la Unión Europea y demás Estados del Espacio Económico Europeo, con plena igualdad de trato. Quedan excluidos aquellos solicitantes que tengan su residencia fiscal en países y territorios considerados paraísos fiscales en el Real Decreto 1080/1991, de 5 de julio.

Asimismo, podrán solicitar ayuda las personas, entidades y agrupaciones indicadas en el artículo 2.2 de la Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre.
No podrán obtener la condición de beneficiarios las personas o entidades en quienes concurra alguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, LGS), ni las agrupaciones previstas en el artículo 2.2 b) de la Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, cuando concurra alguna de las prohibiciones anteriores en cualquiera de los miembros.

Las prohibiciones de obtener subvenciones afectarán también a aquellas empresas de las que, por razón de las personas que las rigen o de otras circunstancias, pueda presumirse que son continuación o que derivan, por transformación, fusión o sucesión, de otras empresas en las que hubiesen concurrido aquéllas.

En todo caso, los solicitantes presentarán una declaración responsable de no hallarse incursos en estas circunstancias.
Tercero. Imputación de créditos.

Las ayudas convocadas se imputarán a los siguientes créditos del presupuesto de gastos del Organismo para 2014:

Las modalidades de ayuda que se convocan, incluidas en los distintos programas de actuación del INAEM en este ámbito, son las enumeradas a continuación:
A. Programa de difusión del teatro en el ámbito nacional:
A1.1 Apoyo a las giras teatrales por el territorio nacional.
A1.2 Apoyo a las giras por el territorio nacional de proyectos de nueva creación teatral.
A1.3 Apoyo a las giras por el territorio nacional de proyectos teatrales y circenses interautonómicos.
A2 Apoyo a programaciones de ámbito nacional en salas privadas de teatro y circo.
B. Programa de difusión del teatro en el ámbito internacional:
B1. Apoyo a las giras teatrales por el extranjero.
B2. Apoyo a las producciones teatrales en el extranjero.
C. Programa de difusión del circo:
C1. Apoyo a las giras circenses por el territorio nacional.
C2. Apoyo a las giras circenses por el extranjero.
D. Programa de apoyo a la comunicación teatral y circense:
D1. Ayudas a la realización de festivales, ferias, muestras, circuitos y otros eventos teatrales.
D2. Ayudas a la realización de festivales, ferias, muestras, circuitos y otros eventos circenses.
D3. Ayudas a las asociaciones, federaciones y confederaciones de ámbito estatal y proyección internacional para actividades teatrales y circenses.
E. Programa de ayudas complementarias.
E1. Ayudas complementarias para infraestructura móvil circense.
E2. Ayudas complementarias a la comunicación teatral y circense con las Comunidades Autónomas insulares y Ciudades de Ceuta y Melilla.
E3. Ayudas complementarias a la sobretitulación de espectáculos y a la utilización de equipos audiovisuales para la accesibilidad de personas con discapacidad.
En ningún caso la ayuda concedida podrá superar las siguientes cantidades:

Publicado en:«BOE» núm. 57, de 7 de marzo de 2014, páginas 21632 a 21666 (35 págs.)

Se puede descarga copia de la disposición, o consultarla, en los siguientes enlaces